Juez sin patria y comunidad sin ley

OPINIONES Y RELATOS

SANTA ROSA06/07/2025Diario TresDiario Tres
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La frase del título pertenece la nota de Alejandro Slokar *, publicada por Página 12 el día 02/07/2025, cuya lectura recomiendo. 
En ocasiones sucede que el lenguaje jurídico parece ser una entelequia o bien es críptico para aquellas personas no familiarizadas con el ámbito legal, luego con todo respeto me propongo utilizar un par de ideas sencillas sobre la publicación.
Últimamente a muchos de nosotros nos parece que los jueces no tienen Patria y en consecuencia integramos una comunidad sin ley.

Ejemplo N° 1: Se gobierna con decretos de necesidad de urgencia y con el Congreso prácticamente cerrado, todo ello con la complicidad del Poder Judicial y sus miembros que se hacen llamar “sus señorías”.
El artículo mencionado aborda el tema del fallo de la jueza norteamericana que pretende que el Estado Argentino le transfiera el 51% de las acciones de YPF a los fondos buitres. 
Para entender la trascendencia o intrascendencia del fallo, habrá que partir de una noción básica definida como la teoría de la no extraterrotialidad de la ley, simplificando digo que un estado no puede aplicar su legislación o jurisdicción fuera de su territorio, salvo en casos excepcionales.

Ejemplo 2: hubo un tiempo en que no teníamos en el país la posibilidad de divorciarnos, entonces algunas parejas viajaban al Uruguay y lo hacían, pero ese divorcio no tenía efecto en nuestro territorio. Aceptarlo hubiese sido darle supremacía al Uruguay sobre nuestras leyes
Dice el Juez: “desde jurisdicciones remotas, se imponen como dispositivos coloniales de nuevo cuño”……  obligando al pueblo de la nación a pagar con las acciones de YPF, legítimamente expropiadas mediante decisión adoptada por amplia mayoría por el Congreso Nacional, con apego a la Constitución y al interés general……la nulidad absoluta debería resultar manifiesta por vulnerar el orden público argentino, la jurisdicción soberana y la inmunidad del Estado.

Dicho esto desde el prisma jurídico, pero conviene pensar desde otro punto de vista si tanto en lo laboral, lo previsional, la salud, la educación y la protesta social.
Es evidente que nos están imponiendo normativas que rompen el principio de no extraterritorialidad de una manera camuflada.

Sigo con el artículo: “Así se cumplen, sin retórica y sin pudor, los designios del arquitecto del agiotaje judicial”, en el caso que planteamos el agiotista es sin duda el famoso FMI. Afirma Slokar: “En ese proceso la soberanía se pulveriza en centros múltiples de decisión –muchas veces opacos, otras violentos, siempre desconectados de la comunidad– e impide una respuesta coherente frente al expolio”.

Finalizando tomo prestado las palabras del catedrático y digo como el: “En este escenario de depredación externa y degradación interna, se vuelve urgente reconstituir una conciencia jurídica nacional (agrego que deje sin efecto todas y cada una de las normas del despojo). Porque no habrá soberanía energética ni dignidad jurídica si el Estado es una suma de fragmentos, si el poder se ejerce sin responsabilidad común, y si el derecho se vuelve instrumento de caranchos globales o de señores locales.

 La patria, como su Constitución, no es una mercancía. Se defiende entera, o se la pierde por partes. Slokar es el presidente de la máxima instancia penal del país, la Cámara Federal de Casación Penal, tal vez algún día comprenda que además de YPF, cuando se persigue a militantes, se violan derechos adquiridos, también hay un delito, protegido por las normas que cita.